Las sentencias judiciales como actos correctores del sistema democrático
Resumen
Muchas veces se ha dicho que los jueces no representan al pueblo y por lo tanto sus decisiones son contramayoritarias o anti-democráticas. Encuentran como fundamento en el hecho de que no son elegidos democráticamente, sino por un procedimiento técnico constitucional complejo, y en consecuencia podría pensar que sus sentencias no son democráticas. Como atenuante podría considerarse el hecho de que si bien el pueblo no interviene en las decisiones judiciales, en el proceso de designación de un magistrado participan sus representantes, como
lo ha sostenido la Corte de Justicia Argentina en el caso “Rizzo”, por el cual fijo la pauta donde los jueces son elegidos en forma indirecta por el pueblo. En la doctrina norteamericana existen tres propuestas centrales para resolver la dificultad mayoritaria, y una sola para disolverla.
En la primera se encuentra la llamada fundacionalista de derecho por Roland Dworkin; en la segunda propuesta, desarrollada por John Hart Ely, la intitulada “interpretativistas”; la tercera y última es la que Stephen Holmes llamó la elección social, que se basa en la “estrategia del precompromiso”. En cambio, existe una sola postura para disolverla que es la de Bruce Ackerman, basada en una teoría democrática dualista distinguiendo entre “política normal” y “política constitucional”. Finalmente, hemos desarrollado nuestra posición que se acerca a la última postura, en el cual no resulta necesario ningún justificativo ni en la legitimidad democrática de los jueces ni en sus decisiones, pues en realidad los jueces tienen como función democrática su perfeccionamiento al incluir a las minorías insulares.
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PDFDOI: https://doi.org/10.15174/cj.v4i2.149
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Ciencia Jurídica, Año 12, no. 23, enero-junio de 2023, es una publicación semestral editada por la Universidad de Guanajuato, a través de la División de Derecho, Política y Gobierno, Departamento de Derecho, Lascuráin de Retana núm. 5, Altos del Patio Jesuita. Zona Centro, C.P. 36000, Guanajuato, Gto., Tel. 473 73 20006, ext. 6044, www.cienciajuridica.ugto.mx, revistacienciajuridica@ugto.mx. Editor responsable: Benjamín Valdivia Magdaleno. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo: 04-2017-011015315300-203, ISSN: 2007-6142, ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización de este número: Eduardo Martín del Campo Ramos, secretario técnico. Lascuráin de Retana núm. 5, Altos del Patio Jesuita, Zona Centro, C.P. 36000, Guanajuato, Gto., fecha de última modificación, 2 de agosto de 2023. El contenido de los artículos publicados es responsabilidad de cada autor y no reflejan necesariamente la postura del editor ni de la publicación. Se autoriza la reproducción total o parcial del contenido e imágenes con fines académicos y de investigación, citando invariablemente la fuente sin alterar el contenido y dando el crédito a los autores.
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